Cannabis y CBD en complementos alimenticios y cosmética: ¿hasta dónde podemos llegar?

El pasado día 17 de mayo se celebró el curso sobre “Cannabis y CBD en complementos alimenticios y cosmética: ¿hasta dónde podemos llegar?», organizado por la vocalía de Alimentación y Cosmética de la sección catalana de AEFI.

El cannabidiol o CBD, compuesto químico no psicoactivo, y uno de sus principales componentes, ha sido catalogado como nuevo alimento por la Comisión Europea. El CBD se ha vuelto muy popular en los últimos años debido a sus posibles beneficios para la salud y es frecuente encontrarlo en diferentes productos de alimentación y cosmética. No obstante, muchos de ellos no se comercializan de forma correcta y deben cumplir con una serie de requisitos. Todas estas dudas fueron resueltas en este curso que tuvo como objetivo principal evaluar las propiedades de los productos base cannabis y su correcto posicionamiento en el mercado, para su comercialización.

En la primera ponencia, Josep Allué, Doctor en Farmacia, Vocal de Plantes medicinales y Homeopatía del COFB (Colegio Oficial de Farmacéuticos de Barcelona), Cofundador, miembro de la Junta de SEFIT (Sociedad Española de Fitoterapia) y miembro del Cannabis Hub UPC, inició su ponencia centrándose en el Cannabis Sativa como planta medicinal tradicional cuyo uso se remonta a antes de la era cristiana. Prosiguió ahondando en los aspectos legales del cannabis que se incluyó la Convención Única sobre Estupefacientes de las Naciones Unidas el año 1961, aunque la ONU ha abierto la puerta, en 2020, al reconocimiento del potencial medicinal y terapéutico de esta sustancia, pero matizando cuáles son los tipos de medicamentos de Cannabis fiscalizado, que se diferencian por la parte de la planta de la que proceden o por el contenido en cannabinoides psicoactivos. A continuación, la ponencia se centró en estos cannabinoides y como interaccionan con el sistema endocannabinoide llegando al resumen de evidencias científicas del uso del cannabis y en particular del CDB en distintas enfermedades.

En la segunda parte de su ponencia, Josep Allué enmarcó la situación del CDB en la alimentación, que debido a su estatus regulatorio como novel food, se centra en las semillas de cáñamo o cañamones, con importante valor nutritivo, ya que presentan una composición rica en ácidos grasos y en aminoácidos, que se obtienen del cultivo de cannabis industrial. No obstante, pudimos descubrir durante esta ponencia que la planta de cannabis sativa no es la única fuente de cannabinoides que se usan en alimentación, como lo pueden ser el cacao o el lúpulo, entre otros. En el caso de complementos alimenticios con CBD para uso humano sólo se pueden utilizar las semillas del cannabis y sus extractivos (aceite, harina, etc.), ya que como alimento se considera nuevo alimento y debe ser evaluado y aprobado por la EFSA. En el caso de la alimentación veterinaria, la aplicación de cannabinoides en el campo de la veterinaria tiene indicaciones similares a las aconsejadas para los humanos debido a la existencia de sistema endocannabinoide animal. En el caso de la medicina veterinaria, el uso de cannabis está avanzando, pero no está muy documentado y como el uso humano sus estudios están principalmente enfocados al alivio del dolor.

Maria Salvat, Licenciada en Química orgánica, consultora senior especializada en cosméticos y productos sanitarios de aplicación tópica y evaluadora de seguridad, orientó la última parte de esta jornada a la situación del CBD en los productos cosméticos. Considerando la situación regulatoria del CBD, aceptado como materia prima cosmética, que incluso figura en el COSING, delimitó cuáles son las características que deben cumplir este ingrediente para poderse utilizar en la formulación de productos cosméticos acabados. Para poner en el mercado productos cosméticos seguros, es necesario tener en cuentas ciertas consideraciones como el nivel de impurezas, advertir contra el mal uso o su aplicación en poblaciones de riesgo como embarazadas, lactantes y niños. Como la señalización cannabinoide cutánea está profundamente implicada en el mantenimiento de la homeostasis, la formación de barreras y la regeneración de la piel, las reivindicaciones que se asigna a los productos cosméticos, además de seguir las premisas del reglamento 655/2013 que las regula, deben centrarse en los efectos conocidos y demostrados hasta día de hoy, como por ejemplo reducir la irritación, potenciar el efecto barrera, efecto antioxidante o fortalecer el cabello.

El curso online despertó una considerable aceptación e interés traducido en un notable número de inscripciones y en él se plantearon diversas preguntas por parte de los asistentes, que fueron respondidas ampliamente por ambos ponentes.

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